ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula el periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral, destinado a los jóvenes con necesidades educativas especiales. BOJA de 26/10/2002 El Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que...
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ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula el periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral, destinado a los jóvenes con necesidades educativas especiales. BOJA de 26/10/2002 El Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos/as con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales, en su artículo 30.4, dispone que el período de formación para la transición a la vida adulta y laboral tendrá una duración máxima de cuatro cursos, pudiendo comenzar a los 16 años y prolongarse hasta los 20, siendo su referente fundamental aquellas capacidades establecidas en los objetivos educativos que tiendan a la adquisición y al desarrollo de aprendizajes relacionados con la inserción laboral y la transición a la vida adulta. En dicho período de transición a la vida adulta, la función esencial de la enseñanza será la promoción del máximo grado de desarrollo y la preparación de los alum
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