Sevilla, 11 de agosto 2006 BOJA núm. 156 Página núm. 37 rización para educación preescolar, a que se refiere la presente ficación o supresión de los ficheros automatizados de las Admi- Orden, debe entenderse para el primer ciclo de la educación nistraciones...
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Sevilla, 11 de agosto 2006 BOJA núm. 156 Página núm. 37 rización para educación preescolar, a que se refiere la presente ficación o supresión de los ficheros automatizados de las Admi- Orden, debe entenderse para el primer ciclo de la educación nistraciones Públicas deberá hacerse mediante disposición infantil. general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o Diario Considerando que se han cumplido en el presente expe- Oficial correspondiente. diente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente Por otra parte, el artículo 39.2 de la LOPD, dispone que en esta materia. serán objeto de inscripción, en el Registro General de Pro- Esta Consejería de Educación ha dispuesto: tección de Datos, los ficheros automatizados que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Adminis- Primero. Conceder la modificación de la autorización defi- traciones Públicas, así como sus entes y organismos depen- nitiva de funcionamiento por transformación de 3 unidades dientes, si
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