Sevilla, 3 de septiembre 2007 BOJA núm. 173 Página núm. 5 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 2. La presente Orden será de aplicación en todos los cen- tros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía autori- ORDEN de 10 de agosto de 2007,...
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Sevilla, 3 de septiembre 2007 BOJA núm. 173 Página núm. 5 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 2. La presente Orden será de aplicación en todos los cen- tros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía autori- ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se zados para impartir estas enseñanzas. regula el Plan Educativo de Formación Básica para Per- sonas Adultas. CAPÍTULO II PREÁMBULO ORDENACIÓN ACADÉMICA El Decreto 196/2005, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Centros de Educa- Artículo 2. Organización. ción Permanente establece en su preámbulo que la educación 1. El plan educativo de formación básica para personas de las personas adultas debe ser entendida como un proceso adultas comprende el conjunto de enseñanzas regladas inicia- abierto y flexible que se produzca a lo largo de toda la vida, y les cuyo fin es la adquisición de las competencias básicas ne- debe tener entre sus principales objetivos adquirir, completar cesarias para
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