RESUMEN: Constitución Política de la República de Panamá Capitulo 5° Educación. ART. 91. Todos tienen el derecho a la ART. 92. La educación debe atender el ART. 93. Se reconoce que es finalidad de la educación y la responsabilidad de educarse. desarrollo...
More
RESUMEN: Constitución Política de la República de Panamá Capitulo 5° Educación. ART. 91. Todos tienen el derecho a la ART. 92. La educación debe atender el ART. 93. Se reconoce que es finalidad de la educación y la responsabilidad de educarse. desarrollo armónico e integral del educande la educación panameña fomentar en el convivencia social. estudiante una conciencia nacional. ART. 94. Se garantiza la libertad de enseñanza y se reconoce el ART. 95. La educación oficial es gratuita en todos los niveles preuniversitarios. derecho de crear centros docentes particulares con sujeción a la Ley. Es obligatorio el primer nivel de enseñanza o educación básica general. ART. 96. La Ley determinará la dependencia estatal que elaborará y aprobará los ART. 97. Se establece la educación laboral, como una planes de estudios, los programas de enseñanza y los niveles educativos. modalidad no regular del sistema de educación. ART. 99. Sólo se reconocen los títulos académicos ART. 98. Las empresas partic
Less