REPUBLICA DE EL SALVADOR LEY DE NOTARIADO DECRETO N° 218 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de sus facultades constitucionales, a iniciativa del Presidente, de la República por medio del Ministro de Justicia y oída la opinión de...
More
REPUBLICA DE EL SALVADOR LEY DE NOTARIADO DECRETO N° 218 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de sus facultades constitucionales, a iniciativa del Presidente, de la República por medio del Ministro de Justicia y oída la opinión de la Honorable Corte Suprema de Justicia, DECRETA; la siguiente: LEY DE NOTARIADO CAPITULO 1 Funcion publica del notariado(1) Art. 1.- El notariado es una función pública. En consecuencia, el notario es un delegado del Estado que da fe de los actos, contratos y declaraciones que ante sus oficios se otorguen y de otras actuaciones en que personalmente intervenga, todo de conformidad con la ley. La fe pública concedida al Notario es plena respecto a los hechos que, en las actuaciones notariales, personalmente ejecuta o comprueba. En los actos, contratos y declaraciones que autorice, esta fe será también plena tocante al hecho de haber sido otorgados en la forma, lugar, día y hora que en el instrumento se expresa. La fuerza probatoria de
Less