1 DECRETO N. ° 840 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO: I. Que el artículo 1 de la Constitución de la República de El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, estableciendo...
More
1 DECRETO N. ° 840 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO: I. Que el artículo 1 de la Constitución de la República de El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, estableciendo además que, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social. II. Que el artículo 101 inciso 2.º de la Carta Magna prevé que es obligación del Estado promover el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos. III. Que el artículo 102 inciso segundo, del mismo cuerpo legal, establece que el Estado fomentará y protegerá la iniciativa privada dentro de las condiciones necesarias para acrecentar la riqueza nacional y para asegurar los beneficios de ésta al mayor número de habitantes del país. IV. Que el Plan Cuscatlán establece una nueva visión presid
Less