Los medios alternativos de solución de conflictos fueron incluidos formalmente en México –excepto el arbitraje que ya se contemplaba en materia mercantil y laboral– con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en 1994 que...
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Los medios alternativos de solución de conflictos fueron incluidos formalmente en México –excepto el arbitraje que ya se contemplaba en materia mercantil y laboral– con la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en 1994 que estableció como obligación a los países miembros (México, E.E.U.U. y Canadá) el tener una normativa legal ad hoc para la resolución de conflictos en materia de comercio.
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