Todos los representantes de los trabajadores tienen el mismo
crédito horario, sea cual sea su contrato de trabajo
El ejercicio del crédito horario por parte de los representantes de los
trabajadores no puede verse restringido ni reducido aunque su contrato...
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Todos los representantes de los trabajadores tienen el mismo
crédito horario, sea cual sea su contrato de trabajo
El ejercicio del crédito horario por parte de los representantes de los
trabajadores no puede verse restringido ni reducido aunque su contrato sea a
tiempo parcial, siendo indiferente el tipo de jornada laboral que haga cada
representante.
Por tanto, todos los representantes de los trabajadores tienen
derecho al mismo crédito horario (sent.
de la Audiencia Nacional de 20.
03.
13).
Uno de los sindicatos mayoritarios de una empresa de autopistas interpuso una
demanda de conflicto colectivo contra dos empresas del sector y contra otro
sindicato por aplicar una reducción proporcional del crédito horario mensual de
los representantes de los trabajadores (que era superior, por pacto, al
establecido legalmente) en función del tipo de contrato que éstos tuvieran.
El sindicato demandante exigía que se reconociese el derecho de los
representantes a que el crédito horario se compu
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