INFORME SOBRE TIPO DE ARMAS QUE PUEDEN EMPLEAR LOS AGENTES DE
POLICÍA LOCAL
Por parte de una determinada Subdelegación del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía se ha elevado una consulta, en la que se plantea la
cuestión de qué tipo de armas...
More
INFORME SOBRE TIPO DE ARMAS QUE PUEDEN EMPLEAR LOS AGENTES DE
POLICÍA LOCAL
Por parte de una determinada Subdelegación del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía se ha elevado una consulta, en la que se plantea la
cuestión de qué tipo de armas pueden emplear los agentes de Policía Local en el
ejercicio de sus funciones y si, en ese supuesto, se incluye el uso de sus armas
particulares.
Sobre la citada cuestión, esta Secretaría General Técnica expone lo siguiente:
De acuerdo con el escrito remitido, el Ayuntamiento de una localidad andaluza
preguntaba sobre la posibilidad de que los agentes de Policía Local de ese municipio
usen su arma particular como arma de servicio, para lo cual serían autorizados por
el Alcalde.
Pues bien, la primera cuestión que suscita la consulta planteada, son las razones
por las que se pretende que unos agentes de Policía Local empleen sus armas
particulares (no se sabe si conjuntamente o no con las oficiales) para el ejercicio de
sus funciones públi
Less