LA COMISIÓN LEGISLATIVA NACIONAL
En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6 numeral 1 del Decreto de
la Asamblea Nacional Constituyente mediante el cual se establece el Régimen de
Transición del Poder Público, publicado en la Gaceta Oficial...
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LA COMISIÓN LEGISLATIVA NACIONAL
En ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 6 numeral 1 del Decreto de
la Asamblea Nacional Constituyente mediante el cual se establece el Régimen de
Transición del Poder Público, publicado en la Gaceta Oficial No.
36.
920 de fecha
28 de marzo del año 2000, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 187,
numeral 1, y 203 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DECRETA
la siguiente,
LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1.
- Esta Ley tiene por objeto establecer el marco legal de regulación
general de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho humano de las
personas a la comunicación y a la realización de las actividades económicas de
telecomunicaciones necesarias para lograrlo, sin más limitaciones que las
derivadas de la Constitución y las leyes.
Se excluye del objeto de esta Ley la regulación del contenido de las transmisiones
y comunicaciones cursadas a tra
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