BASE LEGAL
Ley 107-110 de 2001 “NO CHILD LEFT
BEHIND ACT”
TITULO III - LANGUAGE INSTRUCTION FOR
LIMITED ENGLISH PROFICIENT AND
INMIGRANT STUDENTS , Sección 111I(b) (7)
y 3113(b) (3)D
CARTA CIRCULAR
NÚM.
7-2008-2009
POLÍTICA PÚBLICA
PROCEDIMIENTO PARA...
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BASE LEGAL
Ley 107-110 de 2001 “NO CHILD LEFT
BEHIND ACT”
TITULO III - LANGUAGE INSTRUCTION FOR
LIMITED ENGLISH PROFICIENT AND
INMIGRANT STUDENTS , Sección 111I(b) (7)
y 3113(b) (3)D
CARTA CIRCULAR
NÚM.
7-2008-2009
POLÍTICA PÚBLICA
PROCEDIMIENTO PARA ATENDER
ESTUDIANTES CUYO PRIMER IDIOMA NO ES
EL ESPAÑOL
Todas las escuelas del sistema público de Puerto
Rico tienen que cumplir con el requerimiento.
OBJETIVO DEL PROGRAMA
✓ Atender los estudiantes con
limitaciones lingüísticas en español para
que:
• logren hablar, escribir, leer y
comprender el idioma español.
• puedan desempeñarse
efectivamente en las asignaturas
de contenido académico.
• reciban servicios para lograr
su integración sociocultural a
Puerto Rico.
¿QUIÉNES SON ELEGIBLES?
Estudiantes que cumplen con, por lo
menos, uno de los siguientes criterios:
1.
haber nacido fuera de Puerto Rico y su
idioma vernáculo no es el español.
2.
su vernáculo no es el español y refleja
dificultades para comprender, hablar,
leer y es
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