LEY N° 26.
206
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS
ARTÍCULO 1°.
- La presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y
aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución...
More
LEY N° 26.
206
LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTÍAS
ARTÍCULO 1°.
- La presente ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y
aprender consagrado por el artículo 14 de la Constitución Nacional y los tratados
internacionales incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al
Honorable Congreso de la Nación en el artículo 75, incisos 17, 18 y 19, y de
acuerdo con los principios que allí se establecen y los que en esta ley se
determinan.
ARTÍCULO 2°.
- La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho
personal y social, garantizados por el Estado.
ARTÍCULO 3°.
- La educación es una prioridad nacional y se constituye en política
de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad
nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los
derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo
económico-social de la Nación.
ARTÍCULO
Less