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DIRECCIÓNGENERALDELAPOLICÍAYDELAGUARDIACIVIL
ComisaríaGeneraldeSeguridadCiudadana
UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA
SEGURPRI
Monográfico Nº 12 Septiembre 2011
Este monográfico de SEGURPRI se encuentra especialmente dedicado a difundir dos informes que...
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DIRECCIÓNGENERALDELAPOLICÍAYDELAGUARDIACIVIL
ComisaríaGeneraldeSeguridadCiudadana
UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA
SEGURPRI
Monográfico Nº 12 Septiembre 2011
Este monográfico de SEGURPRI se encuentra especialmente dedicado a difundir dos informes que tratan de aclarar
dos cuestiones fundamentales relativas a la nueva Orden
INT/316/2011, sobre alarmas.
El primero de los informes, responde a la controversia
suscitada respecto a cuál es la normativa aplicable en esta materia en la Comunidad Autónoma de Cataluña, afirmando que
no puede ser otra que la citada Orden INT/316/2011.
Despejada la anterior duda, en el segundo informe, derivado de algunas preguntas y planteamientos comerciales, se fija
la interpretación aplicativa de dicha nueva Orden de Alarmas
del Ministerio del Interior, en relación con cuestiones sobre verificación y comunicación de alarmas y la consiguiente responsabilidad en que puede incurrirse.
ORDEN EN LAS ALARMAS
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